lunes, marzo 17, 2008

El Código Aeronáutico derrotado por Defensa del Consumidor

Es el artículo 32 el que, escuetamente, afirma: "Derógase el artículo 63 de la Ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor". El citado apartado establecía que para los "contratos de transporte aéreo se aplicará el Código Aeronáutico (Ley Nº19.030)". Expresado de modo menos técnico, todo lo que suceda cuando un pasajero compra un ticket, pasa a ser tratado como cualquier relación de consumo convencional.El miércoles pasado, la Cámara de Diputados aprobó el texto de una norma que introduce el mencionado artículo 32 y otra serie de modificaciones a la Ley de Defensa del Consumidor, la 24.240. En realidad, el texto se originó en la propia Cámara baja y fue girado al Senado. Allí sufrió algunas modificaciones y por eso debió ser tratado nuevamente por los diputados.

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